08

May

2016

Incremento eléctrico: cómo impacta en las cooperativas

Por Fecescor

La nueva disposición del Ejecutivo nacional produjo un fuerte cimbronazo en la población. Desde Fecescor repasamos los últimos 12 años de la política energética y cómo queda conformado el escenario a partir de la disposición Nº 6-2016 para las asociadas.

A raíz de los cambios en la política energética que anunció el pasado 27 de enero el Gobierno nacional, desde Fecescor y Face, las Federaciones que nuclean a las 205 cooperativas de electricidad y otros servicios públicos de toda la provincia, resultó necesario realizar una reunión con los presidentes y técnicos de las cooperativas para socializar el estado de situación del mercado eléctrico de Córdoba y los incrementos en el costo de compra de las cooperativas  a partir de los consumos del mes de  febrero luego de la publicación de la Resolución Nº 6-2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación Argentina (MEyM) mediante la cual se retiran los subsidios a la energía eléctrica y de la resolución general Ersep Nº 6-2016, mediante la cual el ente autoriza a la Epec a un aumento del 16,5% de su valor agregado de distribución y a trasladar a las cooperativas la resolución antes mencionada del MEyM. 


De esta manera, el 23 de marzo los representantes de cada Federación, encabezadas por Luis Castillo (Fecescor) y Omar Marro (Face Córdoba), junto a otros dirigentes cooperativos, técnicos y asesores, se dieron cita en la sede de Fecescor para analizar las modificaciones en la política energética nacional, los nuevos cuadros tarifarios, la eliminación general de los subsidios al consumo y el plan de estímulos que mantiene preocupados al sector. Además, se abordaron otros aspectos como homogeneización de tarifas, el sistema de medición prepaga de energía y la deuda que el Ejecutivo provincial mantiene con el sector.


Luis Castillo, presidente de Fecescor, dijo que con los dirigentes cooperativos se viene discutiendo hace mucho tiempo la situación del mercado eléctrico de Córdoba y destacó que si bien se vienen realizando distintas negociaciones con las autoridades Provinciales y Nacionales, era necesario darse ese debate al interior de las cooperativas para confluir en una solución colectiva que beneficie al sector.


DESCARGÁ. El documento elaborado por las Federaciones


Omar Marro, presidente de Face, resaltó que estén ambas Federaciones en sincronía marca el rumbo político-institucional de lo que es el trabajo en común.
“Siempre hemos trabajado muy cerca pero hemos decidido fortalecer ese espíritu de trabajo en común. Debemos poner por delante los problemas que tienen nuestras asociadas y buscar soluciones conjuntas”, destacó el dirigente.


Contexto de la política energética en Argentina


En el encuentro, los dirigentes explicaron que durante el Gobierno anterior  rigió una política energética que tomó la decisión de “congelar tarifas” durante los últimos 12 años. 


De esta manera y a partir de la Resolución de la Secretaria de Energía Nº 93-2004 se congelaron las tarifas a usuarios residenciales y alumbrado público y se generaron costos de compra distintos para cada segmento en función del uso y los tipo de usuarios a saber: residenciales; alumbrado público; no residenciales con demandas  hasta 30 kilovatios; de entre 30 y hasta 300 kilovatios y de 300 kilovatios en adelante. 


En el año 2008, la Secretaria de Energía de la Nación amplió bajo la Resolución Nº 1169-2008 los segmentos de compra. De esa normativa se desprendió la siguiente escala: cuatro residenciales y alumbrado  público; tres segmentos para usuarios no residenciales de entre 0 y 300 kilovatios de demanda y otra para usuarios de 300 kilovatios de demanda en adelante. 


En el 2009, mediante la Resolución Nº 652-2009 de la Secretaría de Energía de la Nación, nació el concepto de “Subsidio del Estado Nacional”, por medio de la cual se explicitaba cual era el precio estacional de la energía y cuánto aportaba el Estado nacional a cada segmento, siendo el más favorecido el sector residencial con consumos de hasta 500 kWh mensuales y el alumbrado público.


En ese contexto, el precio estacional de energía fijado fue de $ 0,32 el kWh. En febrero de este año el precio aproximado es de $ 0,771 el kWh.


En la reprogramación trimestral de verano para el mercado eléctrico mayorista (MEM) correspondiente al período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 2016, el Gobierno de Mauricio Macri -que asumió el 10 de diciembre de 2015-, publicó la Resolución Nº 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MEyM) y fijó para los usuarios de los primeros 8 segmentos el precio de referencia de la Energía del año 2009 (0.32 $/kWh) y para los usuarios con demandas de 300 kilovatio en adelante el precio de referencia del año 2016 (0.771 $/kWh) detallando en el documento que “el precio a pagar por la demanda de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista debe ser suficiente para satisfacer el costo económico de abastecerla”. 


Además, argumentó que los aumentos son necesarios "ante el desfasaje existente entre los costos reales y los precios vigentes" de la electricidad.


Para atenuar el impacto que provoca a los sectores residenciales más vulnerables, la nueva administración planteó una tarifa residencial con estímulo al consumo si el mismo significaba un ahorro respecto del consumo de igual mes del año anterior y estableció el concepto de la “tarifa residencial social” con precios de generación nulos para los primeros 150 kWh por mes de consumo. 


Esos precios son similares a los vigentes hasta enero de 2016 para el excedente de los 150 kWh si el usuario consume valores iguales o inferiores a los de igual mes del año 2015.


Para determinar a los usuarios alcanzados con el beneficio de la “tarifa residencial social” se publicó la Resolución Nº 7-2016 del Ministerio de Energía  y Minería de la Nación.


 Aumento en los costos de generación, transporte y distribución


En términos simples, la tarifa final de energía que paga el usuario final antes de impuestos y tasas se compone de tres conceptos: costo de generación; costo de transporte y costo de distribución.


Los dos primeros ítems la cooperativa los paga a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec). El último es el costo propio de prestación del servicio de la cooperativa a sus usuarios.


En el caso del costo de generación y para febrero de 2016, el Ente Regulador de Servicios Públicos de Córdoba (Ersep) autorizó mediante la resolución general N°6-2016 el traslado de este costo a los usuarios de las cooperativas.


Además, mediante esa misma resolución autorizó a la Epec a aumentar su valor  agregado de distribución para las cooperativas, el precio de transporte de éstas en un 16,5% promedio.


En el caso de las cooperativas y  mediante la Resolución General de Ersep  Nº 9-2016 un aumento para cubrir sus mayores costos de distribución de entre el 4,2% y el 5,09% de acuerdo al tipo de cooperativa.


Si  analizamos el incremento sufrido en los costos de cada uno de los conceptos antes mencionados tendremos que en valores aproximados el porcentaje de aumento en el costo de compra de la energía  de la cooperativa que incluye generación y transporte  desde 2000 a febrero de 2016 fue del 1240%,  y el aumento porcentual  autorizado para el costo de distribución de la cooperativa fue en promedio del 429% existiendo otras cooperativas con incrementos autorizados del 348%.


Los costos de generación en el caso del sector residencial de 0 a 500 kWh y del alumbrado público se mantuvieron sin  variaciones importantes desde el año 2000 a enero de 2016, es por ello que en la quita de subsidios al igual que los consumidores de más de 300 kilovatios de demanda son los sectores con mayores incrementos en febrero de 2016.


Para analizar el impacto que provoca este aumento en un usuario residencial que no tiene tarifa social y no hizo ahorro de la energía respecto de igual mes que el 2015 y que consume de 0 a 500 kWh es del 42,57% promedio; en un usuario residencial que consume de 501 a 700 kWh es del 35,37%; para un usuario que consume entre 701 y 1400 kWh es del 29,67% y para un usuario que consume más de 1400 kilovatios mensuales es del 20,77%.


Para el alumbrado público, el aumento promedio es del 35,32%; para usuarios no residenciales que consumen entre 0 y 1999 kWh por mes el aumento es del 25,92%; para un usuario no residencial y que consume entre 2000 y 2999 kWh mensuales el aumento es del 24,82%; para un usuario que consume de 3000 kWh en adelante  y que no es un gran consumidor  el aumento es del 24,48%; para los grandes consumidores con demandas menores a 300 kWh el aumento promedio es del 52,78% y para grandes consumidores con demandas mayores a 300 kilovatios el aumento es del 113,64%. 


Incentivos al ahorro


Para moderar el consumo de energía, y hasta tanto se produzcan las inversiones que se promueven con la emergencia energética, el Gobierno ha previsto en la Resolución MEyM 6-2016 un plan de estímulo al ahorro de energía eléctrica en el sector residencial. 


De esta manera, aquellos usuarios residenciales que ahorren entre el 10 y el 20% de la energía respecto de igual mes del año 2015 tendrán una disminución  promedio de entre el 4% y el 6% de la tarifa final; aquellos usuarios residenciales que ahorren más del 20% respecto de igual mes que el año 2015 tendrán una disminución promedio de entre el 7 y el 10% de la tarifa.


Además, se creó la nueva “tarifa social residencial” y mediante la Resolución MEyM 7-2016 se fijó el criterio de aplicación, definiendo las condiciones necesarias que deben tener los beneficiarios por lo que cada cooperativa debe enviar al Ersep la base de datos de sus usuarios residenciales para que luego el Ente mediante la normativa vigente le reenvíe a cada cooperativa el listado de los beneficiarios de la tarifa social.


Sobre la fijación del criterio de la “tarifa social residencial”, el MEyM fijó como criterio que el costo de generación de los primeros 150 kWh de consumo estén bonificados. De esta manera, paga el consumo a un precio de generación similar al de enero de 2016. En cambio si no hizo ahorro lo paga al mismo precio que el residencial general sin estímulo. 


De esta manera, desde Fecescor hemos verificado que el ahorro promedio  en la tarifa final de un usuario residencial de una cooperativa que tiene tarifa social y consumió menos de 150 kWh mensuales fue para el mes de febrero de un promedio del  27% menor que un usuario residencial sin ahorro y los kilovatios excedente de 150 para la tarifa social el ahorro respecto de un usuario residencial fue de entre el 18% y el 23% de acuerdo a la cantidad de kilovatios consumidos.


En el plenario del 23 de marzo, Marro había señalado que la decisión de quiénes accedían a la tarifa social los excedía absolutamente a las cooperativas  en relación a determinar quién recibiría los subsidios. “Es una condición impuesta por una decisión política nacional que viene a sincerar el valor de compra de la energía”, había expuesto Omar Marro, presidente de Face. 


EDICIÓN IMPRESA


El texto original de este artículo fue publicado en la revista Opción Nº 179 de Fecescor.