22

Nov

2017

Toda la información de la Jornada sobre la Ley de Seguridad Eléctrica

Por FECESCOR

Acercamos la presentación realizada por funcionarios del Ersep en la charla técnica realizada el pasado 17 de noviembre.


El encuentro contó con la participación de de más de 70 Cooperativas socias de FACE Córdoba y FECESCOR, donde se intercambiaron puntos de vistas y conceptos con los responsables del Ente Regulador Provincial, enriqueciendo y capacitando a funcionarios de las Cooperativas asociadas.


Desde ambas federaciones estamos disponibles para la realización de consultas a los fines de poder resolver la situación particular que pueda presentarse en cada caso.


Se puede acceder a la presentación haciendo CLIC AQUÍ.

                       

Recordamos que la RG ERSeP N° 46/2017, establece que a partir del 1° de Diciembre de 2017, entra en plena vigencia la Ley 10.281, de Seguridad Eléctrica para la Provincia de Córdoba.-


A partir de esta disposición de la autoridad regulatoria provincial, y de acuerdo a lo establecido por el Art. 1°, resultará “exigible la presentación de un “Certificado de Instalación Eléctrica Apta” emitido por “Instalador Electricista Habilitado”, de conformidad con las condiciones y requisitos definidos por la referida Ley, su Decreto Reglamentario Nº 1022/2015 y marco normativo asociado oportunamente definido por el ERSeP”.-


Asimismo, el Artículo 2° de la referida Resolución General, establece que  “comenzará a correr el plazo de dos (2) años prescripto por el Artículo 7º de la Ley Provincial Nº 10281, a los fines de que los municipios, comunas o titulares de instalaciones de alumbrado público o señalización existentes, efectúen la adecuación de dichas instalaciones a la normativa dictada por el ERSeP, acreditándolo ante la correspondiente distribuidora mediante la presentación del “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”.-


Por su parte, el Artículo 3° dispone que “dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha de implementación definida en el Artículo 1º precedente, los titulares de las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado, deberán dar cumplimiento a las previsiones de la Ley Provincial Nº 10281, efectuando la adecuación de dichas instalaciones a la normativa dictada por el ERSeP y acreditándolo ante la correspondiente distribuidora mediante la presentación del “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”.-